Se requiere permiso de caza comercial para la obtención de individuos o productos de la fauna silvestre con fines exclusivamente científicos de empresas o entidades extranjeras. Para que se le otorgue el permiso, el interesado deberá anexar a la solicitud además de los datos y documentos relacionados en los artículos 60 y siguientes de este Decreto, un detalle en el cual exprese el nombre y domicilio de la empresa o entidad investigadora, la clase de investigación que adelanta y para la cual requiere los individuos o productos.
Decreto 1608 de 1978 →In force
Article 79
Se Requiere Permiso De Caza Comercial Para La Obtención De Individuos O Productos De La Fauna Silvestre Con Fines Exclusivamente Científicos De Empresas O Entidades Extranjeras
Decreto 1608 de 1978 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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