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Article 2

Exención De Tributos Aduaneros

Decreto 891 de 1997 · por el cual se reglamentan las condiciones para la exención de tributos aduaneros y gravámenes arancelarios, para la importación de los bienes a que se refieren los artículos 6° y 12 de la Ley 218 de 1995.

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Text of the article

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°. Exención de tributos aduaneros. La exención de tributos aduaneros de las importaciones de maquinaria, equipos, materias primas y repuestos nuevos o de modelos producidos hasta con cinco (5) años de antelación al momento de importarlos, de que trata el artículo 6 de la Ley 218 de 1995, sólo podrán aplicarse a bienes que efectivamente se instalen, utilicen, transformen o manufacturen en el territorio de los municipios contemplados en el artículo primero de la Ley 218 de 1995 y en el artículo 1 del Decreto 529 de 1996. En todos los casos, las mercancías objeto de esta exención deberán estar amparadas con licencia previa expedida por el Ministerio de Comercio Exterior a través del Instituto Colombiano de Comercio Exterior -Incomex- y cuya aprobación no podrá ser posterior al treinta y uno (31) de diciembre del año 2003.

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Constitutional history

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