La remuneración mensual para quienes desempeñen los cargos de Coordinador Académico y de Disciplina del Instituto Pedagógico Nacional, se determinará así: La asignación básica que corresponda a su respectivo grado en el Escalafón Nacional Docente, más un veinte por ciento (20%) liquidado sobre la asignación básica que devengaban a 31 de diciembre de 1984. Los docentes que se vinculen o sean ascendidos a partir de la fecha de expedición de este Decreto, a ocupar cualquiera de los cargos mencionados en el presente artículo devengarán como remuneración mensual, únicamente la asignación básica que corresponda a su grado en el Escalafón Nacional Docente.
Article 10
La Remuneración Mensual Para Quienes Desempeñen Los Cargos De Coordinador Académico Y De Disciplina Del Instituto Pedagógico Nacional, Se Determinará Así: La Asignación Básica Que Corresponda A Su Respectivo Grado En El Escalafón Nacional Docente, Más Un Veinte Por Ciento (20%) Liquidado Sobre La Asignación Básica Que Devengaban A 31 De Diciembre De 1984
Decreto 137 de 1985 · Por el cual se modifican las asignaciones del personal docente de nivel Universitario de la Universidad Pedagogica Nacional y se dictan otras disposiciones
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