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Article 320

La Canal De Evisceración Debe Ser En Acero Inoxidable, Con Suficientes Tomas De Agua Para El Lavado De Los Operarios Y Con El Flujo De Agua En Sentido Contrarios De La Dirección De La Cadena Que Transporta El Pollo Eviscerado Con El Objeto De Evitar La Contaminación De La Canal Y Arrastrar Las Vísceras Fuera De La Sala De Proceso Donde Se Deben Recolectar Éstas

Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne

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Text of the article

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La canal de evisceración debe ser en acero inoxidable, con suficientes tomas de agua para el lavado de los operarios y con el flujo de agua en sentido contrarios de la dirección de la cadena que transporta el pollo eviscerado con el objeto de evitar la contaminación de la canal y arrastrar las vísceras fuera de la sala de proceso donde se deben recolectar éstas.

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Constitutional history

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