De la declaración de requisitos esenciales . Se establece el procedimiento de Declaración de Requisitos Esenciales para la prestación de Servicios de Salud, según el cual todos los Prestadores de Servicios de Salud, cada dos años y en forma obligatoria, deben presentar ante las Direcciones Seccionales o Distritales de Salud y las Municipales certificadas y autorizadas, un documento en el cual declaran cumplir con los requisitos esenciales para la prestación de cada uno de los servicios de salud que ofrezcan y se comprometen a cumplirlos por el tiempo que dure la prestación de servicios. Igualmente, deberá informarse cualquier modificación respecto de la declaración prestada. Dicho documento servirá para acreditarse ante las entidades de vigilancia, de acuerdo con lo establecido en le numeral 9º del artículo 153 de la Ley 100 de 1993. El Ministerio de Salud establecerá de manera general las normas técnicas, científicas y administrativas que contengan los requisitos esenciales para la prestación de cada uno de los servicios de salud según sus características y fijará el procedimiento de registro de la declaración. Los requisitos esenciales serán revisados y actualizados cada dos años para establecer estándares superiores, en consonancia con el Plan de Mejoramiento de la Calidad de que trata el artículo 12 del presente decreto. Las entidades Promotoras de Salud y entidades que se asimilen sólo podrán prestar directamente o contratar los servicios, con Prestadores de Servicios de Salud que cumplan con los requisitos esenciales.
Decreto 2174 de 1996 →In force
Article 10
Decreto 2174 de 1996 · por el cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
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01
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02
Constitutional history
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