Articulo 13. Únicamente el Consejo Intendencial efectuara los reajustes en los impuestos al consumo de Licores nacionales de que trata el presente Acuerdo.
Article 13
Únicamente El Consejo Intendencial Efectuara Los Reajustes En Los Impuestos Al Consumo De Licores Nacionales De Que Trata El Presente Acuerdo
Decreto 922 de 1981 · Por medio del cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo numero 003 de 1580, expedido por el Consejo Intendencial de Arauca "por el cual se establece el libre ingreso y distribución en todo el territorio de la Intendencia Nacional de Arauca de licores nacionales y extranjeros y se dictan otras disposiciones.
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