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Article 33-4

Tratamiento De Las Operaciones De Reporto O Repo, Simultáneas Y De Transferencia Temporal De Valores

Decreto 624 de 1989 · Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

-4. Tratamiento de las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores . En las operaciones de reporto o repo, simultáneas o trasferencias temporales de valores, independientemente de los valores involucrados en la operación, el valor neto de la operación, será

1.

Ingreso a favor del adquirente inicial para el caso de las operacio­nes de reporto o repo y simultáneas, y del originador en el caso de las operaciones de transferencia temporal de valores, y

2.

Costo o gasto para el enajenante en las operaciones de reporto o repo y simultáneas o para el receptor en las operaciones de transferencia temporal de valores. En todo caso, los ingresos, costos y gastos, se entienden realizados al momento de la liquidación de la operación y el valor neto se considera como un rendimiento financiero o interés. Las operaciones de este artículo que se realicen a través de la Bolsa de Valores de Colombia no estarán sometidas a retención en la fuente. El gobierno reglamentará las condiciones de las certificaciones que deban expedir las instituciones financieras correspondientes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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