Si el capital privado no se interesare en el nuevo Instituto, en el caso de que fuere indispensable organizarlo, el Gobierno adelantará directamente la campaña de fomento de la producción de algodón, creando una sección especial dependiente de su Sección de Agricultura, aprovechando los fondos a que se refiere el presente Decreto, los cuales no podrán ser destinados a ninguna otra actividad. La Contraloría General de la República vigilará la correcta aplicación de esos fondos.
Article 10
Si El Capital Privado No Se Interesare En El Nuevo Instituto, En El Caso De Que Fuere Indispensable Organizarlo, El Gobierno Adelantará Directamente La Campaña De Fomento De La Producción De Algodón, Creando Una Sección Especial Dependiente De Su Sección De Agricultura, Aprovechando Los Fondos A Que Se Refiere El Presente Decreto, Los Cuales No Podrán Ser Destinados A Ninguna Otra Actividad
Decreto 319 de 1949 · Por el cual se establecen unos impuestos y se dictan normas para regular el mercado algodonero
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