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Article 94

Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Del acta de los resultados de la votación. Los resultados de la votación a nivel territorial, se harán conocer a la División de Recursos Humanos de la Procuraduría General de la Nación, remitiendo las actas del escrutinio suscritas por quienes intervinieron como jurados dentro del proceso electoral, a más tardar el día siguiente de éste, utilizando el medio más apropiado, como correo certificado o fax. En tales actas se consignará la siguiente información

1.

Ciudad donde se efectuó la votación.

2.

Denominación de la Procuraduría Territorial.

3.

Hora.

4.

Fecha en que se convocó la elección.

5.

Nombres y calidades de los jurados.

6.

El número total de votos escrutados y,

7.

Discriminación del resultado de la votación por cada candidato en orden descendente. CAPITULO lll De la Comisión de Personal

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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