°. Destinación de los bienes provenientes de Extinción Judicial del Dominio . Para los efectos de lo previsto en el artículo 133 de la Ley 1152 de 2007, serán destinados los activos provenientes de la Dirección Nacional de Estupefacientes que hayan sido trasladados debidamente saneados al Fondo para la Reparación de las Víctimas. Los pagos con cargo a estos recursos se efectuarán cuando con los bienes de los obligados a reparar no se haya logrado satisfacer el monto de la reparación.
Decreto 3978 de 2007 →In force
Article 2
Destinación De Los Bienes Provenientes De Extinción Judicial Del Dominio
Decreto 3978 de 2007 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1152 de 2007, “por la cual se dicta el Estatuto de Desarrollo Rural, se reforma el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, y se dictan otras disposiciones”.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.