JurídicoESEN

Article 105

La Extracción De Mercancías De Los Almacenes En Que Estén Depositadas Sin Haberse Cubierto Anticipadamente Todos Los Gastos, Derechos O Gravámenes Que Las Mismas Reporten A Favor De La Zona Del Fisco Nacional O De Los Acreedores Prendarios Obligada Al Pago Inmediato De Esas Deudas A Más Del Pago De Una Multa De $ 100

Decreto 2240 de 1962 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La extracción de mercancías de los almacenes en que estén depositadas sin haberse cubierto anticipadamente todos los gastos, derechos o gravámenes que las mismas reporten a favor de la Zona del Fisco Nacional o de los acreedores prendarios obligada al pago inmediato de esas deudas a más del pago de una multa de $ 100.00 a $ 1.000.100, sin perjuicio de que se apliquen también las disposiciones aduaneras sobre contrabando y que se sancionen de acuerdo con lo que establecen el Código de Aduanas y los Reglamentos respectivos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2240 de 1962