JurídicoESEN

Article 2

Decreto 2548 de 1999 · por medio del cual se crea una Comisión para revisar las normas especiales del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y proponer el Estatuto que proteja la identidad cultural de su pueblo raizal, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 de la Constitución Política.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . En desarrollo del artículo 32 de la Ley 489 de 1998, para la revisión del régimen especial en materia administrativa, de inmigración, fiscal y de comercio exterior del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 de la Constitución Política, serán invitados permanentes a las sesiones de la Comisión, los siguientes miembros de la Sociedad Civil, en calidad de miembros del Consejo Asesor de dicha Comisión

1.

Tres (3) representantes de la comunidad raizal que serán designados por el Movimiento Etnico Raizal en común acuerdo con la Comisión Consultiva Departamental; dos (2) de ellos en representación de la Isla de San Andrés y uno (1) en representación de la Isla de Providencia, y

2.

Tres (3) representantes designados por el Grupo de Integración Isleña.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2548 de 1999