Cuando quiera que se importe leche en envases unitarios herméticos, lista para su expendio directo al público, además de las exigencias de rotulación señalados en el artículo 97 para la leche en polvo de producción nacional, deberá indicarse en idioma español el país de origen y el número de registro sanitario o su equivalente en el mismo. En los documentos de importación se incluirá el dato sobre sus características físico-químicas, bacteriológicas y organolépticas.
Article 101
Cuando Quiera Que Se Importe Leche En Envases Unitarios Herméticos, Lista Para Su Expendio Directo Al Público, Además De Las Exigencias De Rotulación Señalados En El Artículo 97 Para La Leche En Polvo De Producción Nacional, Deberá Indicarse En Idioma Español El País De Origen Y El Número De Registro Sanitario O Su Equivalente En El Mismo
Decreto 617 de 1981 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9° de 1979, en cuanto a producción, procesamiento, transporte y comercialización de la leche
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