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Article 20

Ley 32 de 1907 · Sobre división territorial judicial

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Los Circuitos del Distrito Judicial de Bolívar quedan integrados con los Municipios que á continuación se expresan:

El de Atrato (en la Intendencia del Chocó), compuesto de los Municipios del Cármen. Bagado, Lloró San Nicolás de Titumate, San Rafael de Negua con el Corregimiento de Bebará, Litoral del Pacífico, y Quibdó, que será su cabecera;

El de Cartagena, compuesto de los Municipios de Arjona, Calamar, Mahates, San Estanislao, San Onofre, Soplaviento, Santa Rosa, Turbaco, Villanueva y Cartagena, que será su cabecera;

El del Carmen, compuesto de los Municipios de Guamo, San Jacinto, San Juan, Tetón, Yucal, Sambrano y Carmen, que será su cabecera;

El de Corozal, compuesto de los Municipios de Morroa, Ovejas, Sincé y Corozal, que será su cabecera;

El de Chinú, compuesto de los Municipios de Ayapel, Caimito, Sahún, San Andrés de Sotavento, San Benito, Abad y Chinú, que será su cabecera;

El de Magangué, compuesto de los Municipios de Majagual, Sucre y Magangué, que será su cabecera;

El de Mompox, compuesto de los Municipios de Barranca de Loba, Morales, San Fernando de Occidente, Pinillos, San Martín de Loba, Simití, Margarita y Mompox, que será su cabecera;

El de Providencia, compuesto de los Municipios de Providencia y San Andrés de Providencia, que será su cabecera;

El de Sincelejo, compuesto de los Municipios de Palmito, Sampués, Tolú Viejo, Tolú y Sincelejo, que será su cabecera;

El de Sinú, compuesto de los Municipios de Ciénaga de Oro, Chimá, Montería, San Pelayo, Cereté, Purísima y Lorica, que será su cabecera;

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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