JurídicoESEN

Article 5

Si No Se Presentan Oposiciones Por Saturación Dentro Del Término Estipulado En El Artículo Anterior, La Dirección General De Hidrocarburos Oficiará Inmediatamente Al Interesado, Y Éste Deberá Presentar, Dentro De Los Seis (6) Meses Siguientes, Además De Los Documentos Y Planos Que Contempla El Artículo 52 Del Decreto 283 De 1990, Los Siguientes: 1

Decreto 353 de 1991 · por el cual se reglamenta la Ley 26 de 1989 y se modifica parcialmente el Decreto 283 de 1990.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Si no se presentan oposiciones por saturación dentro del término estipulado en el artículo anterior, la Dirección General de Hidrocarburos oficiará inmediatamente al interesado, y éste deberá presentar, dentro de los seis (6) meses siguientes, además de los documentos y planos que contempla el artículo 52 del Decreto 283 de 1990, los siguientes

1.

Certificación de la Oficina de Planeación Municipal o de quien haga sus veces, en donde conste que el lote cumple con la distancia mínima de sesenta (60) metros desde los linderos del lote, a los linderos más próximos de los sitios de alta densidad poblacional, tales como templos, escuelas, colegios, hospitales, clínicas, supermercados, centros comerciales, teatros, polideportivos, bibliotecas públicas, clubes sociales, edificios multifamiliares y establecimientos similares.

2.

Comunicación emanada de la empresa mayorista que le proveerá los combustibles. El Ministerio de Minas y Energía, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá verificar que la documentación presentada por el interesado se encuentre en regla y completa, de lo contrario, se la devolverá con las observaciones pertinentes.

Parágrafo

En caso de no autorizarse la construcción de la estación de servicio por no reunir los requisitos, el Gobierno se exime de toda responsabilidad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 353 de 1991