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Article 5

Funciones

Decreto 457 de 2014 · por el cual se organiza el Sistema Administrativo Nacional para la Educación Económica y Financiera, se crea una Comisión Intersectorial y se dictan otras disposiciones.

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01

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°. Funciones. La Comisión Intersectorial para la Educación Económica y Financiera ejercerá las siguientes funciones

1.

Proponer la política, los lineamientos, las herramientas y las metodologías para la adopción de la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera.

2.

Recomendar la implementación de los mecanismos de gestión, coordinación y financiación entre los sectores público y privado necesarios para la implementación y ejecución de la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera.

3.

Coordinar las actividades que realicen las instituciones públicas y privadas relacionadas con la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas necesarias para implementar la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera.

4.

Crear las subcomisiones técnicas de apoyo y consultivas que se consideren necesarias para el mejor desempeño de sus funciones.

5.

Presentar propuestas al Gobierno Nacional para la adopción de medidas tendientes a lograr la implementación y ejecución de la política, promoviendo la normatividad y actividades necesarias para el desarrollo de la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera.

6.

Expedir su propio reglamento de funcionamiento y toma de decisiones, el cual se adoptará por mayoría absoluta de sus integrantes.

7.

Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su fin.

Parágrafo 1

En el diseño e implementación de la Estrategia para la Educación Económica y Financiera, se consultarán los estándares internacionales y Principios de Alto Nivel sobre Estrategias Nacionales de Educación Financiera impartidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y demás organismos pertinentes, ajustándolas a las condiciones nacionales y regionales, con el fin, entre otros, de insertar al país en las redes y mecanismos internacionales relacionados con la educación financiera.

Parágrafo 2

Los miembros de la Comisión y los invitados permanentes, darán a conocer oportunamente los programas anuales y/o actividades de educación económica y financiera planeados con el fin de evitar duplicidad de esfuerzos y cumplir los principios que rigen las actuaciones administrativas.

Parágrafo 3

La Comisión Intersectorial para la Educación Económica y Financiera, podrá formular observaciones y recomendaciones sobre la calidad y veracidad de los contenidos de los programas y materiales relacionados con la Educación Económica y Financiera a las instituciones que cuenten con facultades y funciones sobre calidad de la educación, protección del consumidor y demás aspectos relacionados, sin perjuicio de las medidas que les corresponda adoptar a estas dentro del ámbito de su competencia.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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