Le compete a las Oficinas de Planeación del Sector Educativo Nacional, Seccional y Municipal, las funciones de planeación, de programación general y específica de las metas físicas y financieras del Plan, en coordinación con las Secretarias Ejecutivas de los diferentes niveles y con las unidades de capacitación y manejo financiero. A nivel nacional, la Oficina de Planeación del Sector Educativo asesorará las Secretarías de Educación y las Unidades de Planeación Educativa Seccionales y Municipales, en la aplicación de procedimientos técnicos relacionados con la planeación y programación de los servicios educativos. En coordinación con las Secretarías Ejecutivas, adelantará el seguimiento y la evaluación del Plan. La asesoría en el manejo y seguimiento de los recursos financieros del Plan, estará a cargo del Fondo del Ministerio de Educación. EJECUCION FISICA
Article 10
Le Compete A Las Oficinas De Planeación Del Sector Educativo Nacional, Seccional Y Municipal, Las Funciones De Planeación, De Programación General Y Específica De Las Metas Físicas Y Financieras Del Plan, En Coordinación Con Las Secretarias Ejecutivas De Los Diferentes Niveles Y Con Las Unidades De Capacitación Y Manejo Financiero
Decreto 61 de 1992 · por el cual se institucionaliza el "Plan de Universalización de la Educación Básica Primaria".
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.