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Article 18

Decreto 380 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984, y se dictan disposiciones sobre organizaci?n deportiva

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Si a la hora fijada en la convocatoria de asamblea no se encuentra presente el número de afiliados, previsto en el artículo anterior, se ordenará un aplazamiento de (2) horas. Si después del aplazamiento tampoco se logra el quórum, se citará para el día inmediatamente siguiente, circunstancia en la cual hará quórum la presencia de una tercera parte de los afiliados, salvo en los casos de excepción contemplados en el artículo anterior.

Parágrafo

De lo ocurrido en la reunión de una asamblea debe dejarse constancia en el acta, la que se registrará en el lnstituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, o en la Junta Administradora Seccional de Deportes respectiva.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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