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Article 8

Decreto 3740 de 2008 · por el cual se definen los criterios para la distribución de los excedentes de la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito - ECAT, del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA de que trata el artículo 43 de la Ley 1122 de 2007 y parcialmente el artículo 45 de la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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º . Distribución de los recursos. El Ministerio de la Protección Social a partir de la información suministrada, debidamente soportada por las entidades territoriales y teniendo en cuenta las IPS que cumplen con los criterios de priorización establecidos en el artículo 7º del presente decreto, realizará la distribución en proporción al total de la cartera reportada, validada y certificada por las entidades territoriales sobre el monto de los recursos disponibles en cada vigencia, hasta completar el valor total definido en el artículo 43 de la Ley 1122 de 2007. Si la deuda soportada por las instituciones priorizadas aplicando los criterios establecidos en el artículo 7º del presente decreto, es menor que los recursos de que trata el artículo 43 de la Ley 1122 de 2007, una vez se gire el valor asignado, el Ministerio de la Protección Social distribuirá el saldo para la cancelación de deudas por atención a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, de las demás instituciones públicas de primer nivel de atención, cuya deuda cumpla las condiciones establecidas en el artículo 6º del presente decreto.

02

Constitutional history

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