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Article 1

Para Que En Forma Inmediata Se Proceda Al Estudio Y Preparación De Los Proyectos Por Medio De Los Cuales Se Habrá De Revisar La Actual Organización De La Administración Pública Nacional, Créase Una Comisión Asesora Del Presidente De La República Integrada Por: El Ministro De Gobierno, O Su Delegado; El Ministro De Justicia, O Su Delegado; El Ministro De Hacienda, O Su Delegado; El Departamento Administrativo Del Servicio Civil; La Secretaria Jurídica De La Presidencia De La República; La Secretaria De Organización E Inspección De La Administración Pública; La Escuela Superior De Administración Pública

Decreto 792 de 1973 · Por el cual se crea una comisión asesora del Presidente de la República en el desarrollo de las facultades extraordinarias para revisar la organización administrativa nacional

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°. Para que en forma inmediata se proceda al estudio y preparación de los proyectos por medio de los cuales se habrá de revisar la actual organización de la administración Pública Nacional, créase una comisión asesora del Presidente de la República integrada por: El Ministro de Gobierno, o su delegado; El Ministro de Justicia, o su delegado; El Ministro de Hacienda, o su delegado; El Departamento Administrativo del Servicio Civil; La Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República; La Secretaria de Organización e Inspección de la Administración Pública; La Escuela Superior de Administración Pública. Presidirá las sesiones el Ministro de Gobierno, y en su ausencia, los demás titulares en el orden señalado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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