Los empleados o autoridades que pongan el sello de garantía a pesas o medidas o instrumentos de pesar o de medir que no estén conformes con las especificaciones o tolerancias de este Decreto, o que toleren prácticas fraudulentas o que hagan uso ilegal de los instrumentos destinados a la verificación y contraste, incurrirán, en cada caso, en una multa de cincuenta pesos, que les impondrá el respectivo superior, sin perjuicio de las penas en las que incurriere de acuerdo con las leyes.
Article 64
Los Empleados O Autoridades Que Pongan El Sello De Garantía A Pesas O Medidas O Instrumentos De Pesar O De Medir Que No Estén Conformes Con Las Especificaciones O Tolerancias De Este Decreto, O Que Toleren Prácticas Fraudulentas O Que Hagan Uso Ilegal De Los Instrumentos Destinados A La Verificación Y Contraste, Incurrirán, En Cada Caso, En Una Multa De Cincuenta Pesos, Que Les Impondrá El Respectivo Superior, Sin Perjuicio De Las Penas En Las Que Incurriere De Acuerdo Con Las Leyes
Decreto 956 de 1931 · Por el cual se reglamenta la ley No. 33 de 1905, sobre pesas y medidas
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