º. Solo las Asociaciones constituidas de conformidad con el presente Decreto podrán recibir depósitos en cuentas de ahorro y otorgar préstamos con las modalidades y privilegios que se establecen en él. Sola las Asociaciones de Ahorro y Préstamo autorizadas por el Superintendente Bancario podrán hacer uso de tal denominación. Las contravenciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas con la aplicación de las medidas administrativas del resorte del Superintendente Bancario, previstas en la ley para violaciones que no tengan señalada sanción específica en la Ley 45 de 1923 y disposiciones concordantes.
Decreto 299 de 1973 →In force
Article 40
Solo Las Asociaciones Constituidas De Conformidad Con El Presente Decreto Podrán Recibir Depósitos En Cuentas De Ahorro Y Otorgar Préstamos Con Las Modalidades Y Privilegios Que Se Establecen En Él
Decreto 299 de 1973 · Por el cual se autoriza el funcionamiento de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.