°. En aplicaciones de lo dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario, todas las restauraciones, remodelaciones, y las obras de protección, defensa y conservación o cualquier tipo de intervención que se deba efectuar en el inmueble objeto de la presente resolución, deberán contar con el permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales.
Article 2
En Aplicaciones De Lo Dispuesto Por La Ley 163 De 1959 Y Su Decreto Reglamentario, Todas Las Restauraciones, Remodelaciones, Y Las Obras De Protección, Defensa Y Conservación O Cualquier Tipo De Intervención Que Se Deba Efectuar En El Inmueble Objeto De La Presente Resolución, Deberán Contar Con El Permiso Previo Del Consejo De Monumentos Nacionales
Decreto 708 de 1996 · por el cual se declara como Monumento Nacional el Teatro Tolima de Ibagué, Tolima.
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