º En los reglamentos de las mismas entidades se determinarán los servicios médicos, quirúrgicos, hospitalarios y demás prestaciones médico-asistenciales que se otorgarán a los familiares que dependen económicamente del afiliado o pensionado, de acuerdo con los estudios actuariales que se hagan para tal efecto.
Article 2
En Los Reglamentos De Las Mismas Entidades Se Determinarán Los Servicios Médicos, Quirúrgicos, Hospitalarios Y Demás Prestaciones Médico-Asistenciales Que Se Otorgarán A Los Familiares Que Dependen Económicamente Del Afiliado O Pensionado, De Acuerdo Con Los Estudios Actuariales Que Se Hagan Para Tal Efecto
Decreto 434 de 1971 · Por el cual se dictan normas sobre reorganización administrativa y financiera de las entidades de previsión social de carácter nacional, y se dictan otras disposiciones
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Constitutional history
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