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Article 5

La Comisión Se Compondrá De Un Ingeniero Jefe Y De Dos Ingenieros Ayudantes, Con Asignación Mensual De Ciento Cincuenta Pesos ($ 150) El Primero Y De Ciento Veinte Pesos ($ 120) Cada Uno De Los Segundos, Más Veinte Pesos ($ 20) Mensuales Para Cada Cual Por Gastos De Alimentación

Decreto 510 de 1925 · En desarrollo de las Leyes 10 y 12 de 1925, que ordena la construcción del camino de La Cruz a Mocoa y la prolongación hacia el Norte, de la carretera del Sur

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01

Text of the article

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° La Comisión se compondrá de un Ingeniero Jefe y de dos Ingenieros Ayudantes, con asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150) el primero y de ciento veinte pesos ($ 120) cada uno de los segundos, más veinte pesos ($ 20) mensuales para cada cual por gastos de alimentación. El manejo de fondos y rendición de cuentas a la Contraloría, estará a cargo de un Tesorero Contador con asignación mensual de sesenta pesos ($ 60). Este empleado entrará en ejercicio de sus funciones después de prestar el aseguro legal en la forma dicha arriba.

Parágrafo

El Ingeniero Jefe rendirá mensualmente, al Ministerio, informes sobre los trabajos que ejecute, y tanto éstos como los que corresponden a los del camino de La Cruz a Mocoa, se ceñirán a las instrucciones reglamentarias sobre trazado y construcción de carreteras y caminos nacionales del Ministerio de Obras Públicas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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