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Article 13

Para Los Efectos Del Presente Decreto El Ministerio De Desarrollo Económico Estará Asesorado Por El Consejo Superior De La Política Para La Pequeña Y La Mediana Industria Y Por El Consejo Superior De La Microempresa, Artesanías Y El Sector Informal De La Industria, En Los Asuntos Y Con Las Formalidades Que Le Señala La Ley 81 De 1988

Decreto 1220 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 78 de 1988.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para los efectos del presente Decreto el Ministerio de Desarrollo Económico estará asesorado por el Consejo Superior de la Política para la Pequeña y la Mediana Industria y por el Consejo Superior de la Microempresa, Artesanías y el Sector Informal de la Industria, en los asuntos y con las formalidades que le señala la Ley 81 de 1988.

Parágrafo

En desarrollo de las políticas fijadas para el fomento de la microempresa y de la pequeña y mediana industria, podrá participar como invitado en estos dos Consejos Superiores con derecho a voz el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o su delegado. Podrán también invitarse a estos Consejos dos representantes de organizaciones no gubernamentales que adelanten programas similares, escogidos por el respectivo Consejo superior de terna presentada por el Departamento Nacional de Planeación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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