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Article 1

Decreto 743 de 1954 · Por el cual se dictan unas disposiciones en relación con el Instituto Nacional de Higiene Samper-Martinez

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo primero. A partir de la fecha de la expedición del presente Decreto, todos los valores de la producción, exámenes, estudios, análisis, ventas, etc., del Instituto Nacional de Higiene Samper-Martínez, que funcionará en forma comercial, serán de la exclusiva propiedad del Instituto citado, y el dinero que ingrese a la Caja por la venta de sus productos y otros conceptos, debe ser colocado en el Banco de la República, donde constituirán un fondo común a la orden del Instituto, para que éste lo gaste en la adquisición de elementos, materias primas, mejoras de sus instalaciones y administración.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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