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Article 23

Funciones

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

Text of the article

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ARTICULO 23. Funciones. El Fondo Nacional de Estupefacientes tiene las siguientes funciones

a)

Ejercer un control estricto sobre la importación y orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias;

b)

Fiscalizar la transformación de materias primas de control especial para la elaboración de medicamentos;

c)

Contratar la fabricación de medicamentos de control especial, y aquellos que el Gobierno determine;

d)

Llevar las estadísticas sobre importación, producción, distribución y consumo de medicamentos, materias primas, precursores y reactivos de control a nivel nacional;

e)

Controlar la distribución, venta y consumo de medicamentos de control especial;

f)

Apoyar programas que contra la farmacodependencia adopte el Gobierno Nacional, en coordinación con la División de Patologías Psicosociales, la División de Comportamiento Humano y la División de Rehabilitación del Ministerio de Salud.

02

Constitutional history

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