Inicio del proceso de toma de muestras . El proceso de toma de muestras se inicia cuando el atleta que se encuentre en la sala de espera declare estar dispuesto para ello. El atleta deberá permanecer en el área de control hasta que finalice su proceso de toma de muestras. Solo podrá abandonarla en casos excepcionales, previa autorización del responsable de la toma de muestra y acompañado en todo momento. Durante el transcurso del proceso se brindarán bebidas no alcohólicas al atleta que lo solicite y serán ofrecidas en su empaque original cerrado.
Decreto 875 de 2005 →In force
Article 16
Decreto 875 de 2005 · por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 36 de la Ley 845 de 2003.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.