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Article 3

°

Decreto 3620 de 2004 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Contratación Pública.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Integración . La Comisión Intersectorial de Contratación Pública estará integrada por: - El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su representante. - El Director del Departamento Nacional de Planeación o su representante. - Un representante del Presidente de la República.

Parágrafo 1

La presidencia de la Comisión Intersectorial será ejercida por el Departamento Nacional de Planeación. Un representante del Vicepresidente de la República y el Director del Programa Agenda de Conectividad del Ministerio de Comunicaciones, serán miembros permanentes de la comisión con voz pero sin voto.

Parágrafo 2

En cuanto las decisiones de la Comisión involucren a uno o más sectores, deberán participar en calidad de invitados los ministros o directores de Departamento Administrativo correspondientes o sus representantes, así como los directores de entidades específicamente vinculadas por la decisión o asunto a tratar.

Parágrafo 3

La Comisión Intersectorial de Contratación Pública contará con una secretaría técnica para su soporte y apoyo, la cual estará a cargo del Departamento Nacional de Planeación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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