Estudio de la ponencia. Radicada la ponencia, la Mesa Directiva de la Comisión convocará a sus integrantes para que dentro de los quince (15) días siguientes, se proceda al estudio y consideración, adoptando la determinación correspondiente, para lo cual se requiere que haya quórum decisorio. La Comisión aceptará o rechazará las conclusiones formuladas por el Instructor Ponente. En caso de rechazo por falta de ilustración o aclaraciones, se devolverá el proceso al Instructor Ponente para que dentro de los ocho (8) días siguientes proceda a rendir ponencia resolviendo las observaciones. Parágrafo. Si el Instructor Ponente considera que es procedente la absolución del disciplinable, presentará ponencia motivada ante la Comisión para que esta decida. Si la Comisión resuelve que no procede la absolución, el expediente será asignado a otro Congresista, para que este, en el término de ocho (8) días, presente ponencia sustentada que acoja las consideraciones de la Comisión para la determinación definitiva.
Ley 1828 de 2017 →In force
Article 57
Ley 1828 de 2017 · por medio de la cual se expide el Código de Ética y Disciplinario del Congresista y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.