º. Para atender a tales trabajos, la Gobernación designará a uno de los ingenieros de su dependencia, empleado que debe ceñirse a las instrucciones reglamentarias sobré trazado, construcción y conservación de caminos nacionales, aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas el 19 de junio de 1926, y a las órdenes y reglamentos expedidos o que expida la Dirección General de Caminos Nacionales, Oficina a la cual rendirá los informes sobre la marcha de los trabajos y los de los datos que le sean solicitados
Article 2
Para Atender A Tales Trabajos, La Gobernación Designará A Uno De Los Ingenieros De Su Dependencia, Empleado Que Debe Ceñirse A Las Instrucciones Reglamentarias Sobré Trazado, Construcción Y Conservación De Caminos Nacionales, Aprobadas Por El Ministerio De Obras Públicas El 19 De Junio De 1926, Y A Las Órdenes Y Reglamentos Expedidos O Que Expida La Dirección General De Caminos Nacionales, Oficina A La Cual Rendirá Los Informes Sobre La Marcha De Los Trabajos Y Los De Los Datos Que Le Sean Solicitados
Decreto 212 de 1927 · Por el cual se delega a la Gobernación del Departamento de Santander la administración de los trabajos de la carretera de Bucaramanga a Piedecuesta
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