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Article 13

Decreto 1735 de 1964 · por el cual se modifica el régimen sobre jurisdicción coactiva y se dictan otras disposiciones en materia fiscal.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Se mantendrá el embargo de los bienes del ejecutado, cuando el recurso extraordinario por la vía gubernativa contra la liquidación del impuesto, o la acción que consagra el Decreto número 2733 de 1959, se interponga con posterioridad a la notificación del mandamiento de pago, aun cuando el pago de la liquidación privada o de la especial para reclamar se hubiera efectuado con anterioridad a la notificación de dicho mandamiento. Si al interponerse el recurso por la vía gubernativa, con posterioridad al mandamiento de pago, no se hubiere decretado el embargo de los bienes del contribuyente, el funcionario de la competencia podrá decretarlo. En uno y otro caso se suspenderá el juicio y se dará informe a la correspondiente oficina que conoce del recurso para que proceda de inmediato a fallarlo. Excepciones

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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