Articulo 56 Si el iontersado no desea que se lleve a efectos otra moneda y prefiere que las mercancias sigan en los almacenes de la Zona debera cubrir todas las sumas que adeude y los gastos originados con motivo de la almoneda que se efctuo y las que se ocasionen para el acarreo de la mercancia al local que se convenga.
Article 56
Si El Iontersado No Desea Que Se Lleve A Efectos Otra Moneda Y Prefiere Que Las Mercancias Sigan En Los Almacenes De La Zona Debera Cubrir Todas Las Sumas Que Adeude Y Los Gastos Originados Con Motivo De La Almoneda Que Se Efctuo Y Las Que Se Ocasionen Para El Acarreo De La Mercancia Al Local Que Se Convenga
Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta
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