Cuando el Gobierno Nacional dispusiere cierre de una Misión Diplomática o Consular o la salida de los funcionarios diplomáticos o consulares de un determinado país, quienes estuvieren escalafonados en la Carrera Diplomática y Consular y no hubieren completado por lo menos dos (2) años en el servicio exterior deberán ser trasladados a otro cargo en el servicio exterior de la República, caso en el cual deberán permanecer en éste por lo menos dos (2) años. CAPITULO IX De la disponibilidad.
Article 51
Cuando El Gobierno Nacional Dispusiere Cierre De Una Misión Diplomática O Consular O La Salida De Los Funcionarios Diplomáticos O Consulares De Un Determinado País, Quienes Estuvieren Escalafonados En La Carrera Diplomática Y Consular Y No Hubieren Completado Por Lo Menos Dos (2) Años En El Servicio Exterior Deberán Ser Trasladados A Otro Cargo En El Servicio Exterior De La República, Caso En El Cual Deberán Permanecer En Éste Por Lo Menos Dos (2) Años
Decreto 1479 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2016 de 1968, Orgánico del Servicio Diplomático y Consular de la República.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.