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Article 2

Las Relaciones De La Sección Jurídica Y De Policía Sanitaria Con Las Autoridades Extranjeras Y Con La Sociedad De Las Naciones Serán Mantenidas Por El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social Por Conducto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

Decreto 1727 de 1940 · Por el cual se reglamenta el comercio y el uso de drogas que forman hábito pernicioso

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Las relaciones de la sección jurídica y de policía sanitaria con las autoridades extranjeras y con la sociedad de las naciones serán mantenidas por el ministerio de trabajo, higiene y previsión social por conducto del ministerio de relaciones exteriores. Artículo 3. Conforme a los términos de las convenciones de ginebra de 1925 y de limitación de 1931, se encuentran sometidos a restricción a las normas de importación, tráfico y control contenidos en este decreto, los siguientes productos: El opio bruto o medicinal, sus extractos, tinturas, electuarios, polvos, píldoras y demás preparaciones. La morfina y sus sales. Los esteres de la morfina y sus sales. La cocaína y sus sales. Las hojas de coca y sus extractos. El cáñamo indio y sus extractos. La dihidrooxicodeinona (de la cual el eucodal es una sal).la dihidrocodeidona (de la cual la dicodida es una sal). La dihidromorfinona (de la cual es una sal ladilaudida).la acetildihidrocodeinona o la acetildimetilodihidrotebaina (de la cual es una sal acedicona). La dihidromorfina (de la cual se una sal el paramorfan), sus esteres y las sales de cualesguiera de estas sustancias y de sus esteres. La n-oxomorfina (genomorfina).los derivados n- oximorfinicos y de mas derivados morfinicos de nitrógeno pentavalente. La metilmorfina (codeína) y sus sales; y la etilmorfina (dionina) y sus sales. También quedan sometidos a restricción todos los preparados nacionales o extranjeros, sea cualquiera la forma en que se presenten, integrados con una o varias de las sustancias citadas, con excipiente o vehículo inerte, siempre que su concentración sea superior a 0.2 porciento de morfina y a 0.1por ciento de cocaína. igualmente serán controladas las preparaciones secas de metilmorfina que contengan más de 0.1 por ciento de estas sustancias, y las soluciones y jarabes en cuya fórmula entren en proporción superior al 10 por ciento; así como también las capsulas de ampolla (paversomniferum).

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Constitutional history

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