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Article 20

Decreto 2167 de 1992 · por el cual se reestructura el Departamento Nacional de Planeación

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Funciones de la División de Inversiones Extranjeras.- Bajo la dirección del Jefe de la Unidad de Desarrollo Empresarial, corresponde a la División de Inversiones Extranjeras cumplir las siguientes funciones:

1.

1. Realizar diagnósticos y estudios sobre temas relacionados con las inversiones extranjeras en Colombia y colombianas en el exterior;

2.

2. Promover la adopción de normas sobre inversión extranjera y las modificaciones y ajustes a las mismas mediante resoluciones aprobadas por el Conpes;

3.

3. Participar en las negociaciones de acuerdos en materia de inversiones internacionales y conceptuar sobre las mismas;

4.

4. Emitir conceptos y preparar documentos relacionados con las autorizaciones de inversión que competan al Departamento;

5.

5. Llevar las estadísticas sobre inversiones extranjeras en Colombia y colombianas en el exterior;

6.

6. Apoyar las labores de Secretaría de la Comisión Mixta de Inversión Extranjera y prestar apoyo técnico a las entidades de promoción de inversión extranjera en el país.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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