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Article 2.12.5.1

Actividades De La Organización Nacional Antidopaje En Materia De Control Al Dopaje

Decreto 1085 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Actividades de la Organización Nacional Antidopaje en materia de control al dopaje. En cumplimiento del Código Mundial Antidopaje y del Estándar Internacional para Controles e Investigaciones de la Agencia Mundial Antidopaje, la Organización Nacional Antidopaje deberá

1.

Planificar controles inteligentes y efectivos, tanto en competencia como fuera de competencia, y mantener la integridad e identidad de las muestras recolectadas desde que se notifica al atleta hasta que las muestras se entregan al laboratorio para su análisis.

2.

Constituir un grupo de deportistas seleccionados para controles, conforme con los criterios establecidos en el Estándar Internacional para Controles e Investigaciones de la Agencia Mundial Antidopaje.

3.

Establecer mecanismos para la recopilación, evaluación y uso eficiente y efectivo de la información antidopaje para la realización de investigaciones sobre posibles violaciones a las normas antidopaje.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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