JurídicoESEN

Article 26

Ley 26 de 1908 · Por la cual se modifica la constitución del Montepío Militar

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para reclamar asignaciones por ahorros en la Caja del Montepío se necesitan los siguientes requisitos :

1.° Comprobar la muerte del militar causante con certificado de la autoridad civil, eclesiástica ó militar;

2.° Acreditar el grado efectivo del militar y el destino en que sirvió últimamente, con certificado del Estado Mayor General del Ejército;

3:° Comprobar las cantidades con que contribuyó el militar para los fondos del Montepío, con las cédulas y recibos que se le expidieron, y en su defecto, con certificación del Tesorero del Montepío ;

4.° Las viudas, hijos, padres ó hermanas comprobarán sus respectivos vinculos, ó con las correspondientes partidas de estado civil ó con declaraciones de dos testigos honorables, las cuales pueden recibirse verbalmente por el Jefe de Estado Mayor General y resumirse en un certificado de éste, atestación que será suficiente para acreditar el vinculo ó parentesco y demás hechos que hayan de comprobarse.

5.° Cualquiera que sea el reclamante comprobará con certificado del Estado Mayor General que ni él ni el militar finado han incurrido en las causales de inhabilidad de que trata el artículo 22.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 26 de 1908