JurídicoESEN

Article 4

Ley 77 de 1945 · Por la cual se reorganiza la Comisión creada por el artículo 19 de la Ley 165 de 1938 para redactar una proyecto de Código Administrativo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Al vencerse el término que el Gobierno señale para la elaboración del Código de Régimen Administrativo, la Comisión deberá presentar, junto con el Código, las correspondientes exposiciones de motivos, así como el texto de las actas e informes especiales que hayan servido para la adopción de los textos, todo lo cual deberá ser publicado por el Gobierno antes de someterlo al estudio del congreso nacional.

Los trabajos de la Comisión serán inspeccionados mensualmente por el Gobierno, y de cada visita se extenderá una acta en que se dejará constancia del estado de las labores de la Comisión.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 77 de 1945