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Article 2.18.3.6

Evaluación De Los Proyectos Productivos Y Concepto De Viabilidad

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Evaluación de los proyectos productivos y concepto de viabilidad. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural evaluará la viabilidad de los proyectos productivos. Para tal efecto, contará con un término de sesenta (60) días, contados a partir del momento en que verifique el cumplimiento de la totalidad de los requisitos formales y de trámite exigidos por este decreto. En la valoración de los requisitos de forma y de trámite tendrá en cuenta los principios de transparencia, responsabilidad y eficiencia, y demás postulados que rigen la función administrativa.

En la evaluación de los proyectos productivos, el Ministerio verificará que ningún proyecto productivo afecte la seguridad, autonomía y soberanía alimentarias. Si el proyecto no garantiza estos conceptos, el Ministerio no podrá emitir concepto de viabilidad para la ejecución del proyecto.

Parágrafo

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con el apoyo técnico del Departamento Nacional de Planeación, definirá las directrices objetivas para la evaluación de la viabilidad de los proyectos productivos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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