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Article 3

Como Dependientes De La Administración General De Correos, Y Para El Efecto De Que Se Encarguen Del Arreglo Del Archivo Y Cuentas Que Debe Pasar La Inspección General De Correos Y Telégrafos A La Corte De Cuentas, Créanse Cuatro Puestos Especiales, Con Carácter Transitorio, A Saber : Un Jefe, Con La Dotación Mensual $ 120, Y Tres Escribientes, Con La De Cuarenta Pesos ($40) Cada Uno

Decreto 27 de 1917 · Por el cual se reglamenta en parte la Ley 82 de 1916

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01

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° Como dependientes de la Administración General de Correos, y para el efecto de que se encarguen del arreglo del archivo y cuentas que debe pasar la Inspección General de Correos y Telégrafos a la Corte de Cuentas, créanse cuatro puestos especiales, con carácter transitorio, a saber : un Jefe, con la dotación mensual $ 120, y tres Escribientes, con la de cuarenta pesos ($40) cada uno. La duración de estos empleos será de dos meses.

02

Constitutional history

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