Los contratos tales como compra de intangibles, administración, derechos de propiedad intelectual, derechos de autor y similares, que causen giros al exterior, deberán someterse, previamente a su formalización, a la consideración del Comité de Regalías. En tales casos, éste podrá aplicar criterios diferentes a los señalados en los artículos anteriores. Para la aprobación de los contratos de administración, el Comité tendrá especialmente en cuenta la posibilidad de que en su ejecución participe progresivamente personal nacional.
Decreto 2153 de 1971 →In force
Article 31
Los Contratos Tales Como Compra De Intangibles, Administración, Derechos De Propiedad Intelectual, Derechos De Autor Y Similares, Que Causen Giros Al Exterior, Deberán Someterse, Previamente A Su Formalización, A La Consideración Del Comité De Regalías
Decreto 2153 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 1299 de 1971, sobre el régimen de capitales extranjeros, marcas, patentes, licencoas y regalías
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.