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Article 2

Ley 14 de 1923 · Por la cual se adiciona y reforma la 120 de 1919, sobre hidrocarburos

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Text of the article

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La Nación se reserva el derecho de cambiar el sistema del impuesto de exportación por uno equivalente de exportación, en los productos extraídos de terrenos de propiedad particular; asimismo el de sustituir el canon de participación en las explotaciones petrolíferas en terrenos de los enumerados en el artículo 3 de la Ley 120 de 1919 , por una cuota equivalente en la exportación de los productos, en los términos de que habla el artículo 2 de dicha Ley.

Para los petróleos refinados de una y otra procedencia y para los derivados de cualquiera clase se establecerá el impuesto proporcional o canon de participación que haya de corresponder a la naturaleza de esos productos, en forma que la Nación no reciba en ningún caso un canon de participación o impuesto inferior al señalado en la Ley 120 de 1919 .

El cambio de la manera de cobrar el impuesto de hidrocarburos no afecta en nada lo dispuesto en el artículo 34 de la expresada Ley 120 de 1919 .

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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