°. El Obispo Castrense percibirá una remuneración mensual de ocho millones doscientos setenta y ocho mil ochocientos setenta y cinco pesos ($8.278.875) moneda corriente, de la cual el cincuenta por ciento (50%) corresponderá a asignación básica y el cincuenta por ciento (50%) restante a gastos de representación; el Vicario Castrense Delegado percibirá mensualmente un sueldo básico de seis millones ochocientos diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve pesos ($6.819.499) moneda corriente, de la cual el cincuenta por ciento (50%) corresponde a asignación básica y el cincuenta por ciento (50%) restante a gastos de representación.
Article 7
El Obispo Castrense Percibirá Una Remuneración Mensual De Ocho Millones Doscientos Setenta Y Ocho Mil Ochocientos Setenta Y Cinco Pesos ($8
Decreto 984 de 2017 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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