El Ministerio Público en la Justicia Penal Militar, será ejercido bajo la suprema dirección del Gobierno por medio de un Fiscal General para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, nombrado por éste, de conformidad con los artículos 142 y 170 de la Constitución Nacional.
Son también agentes del Ministerio Público en la Justicia Penal Militar, los Fiscales del Tribunal Superior Militar y demás funcionarios que determine la Ley.