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Article 6

La Junta Directiva Estará Integrada Por Seis (6) Miembros, Así: El Ministro De Salud Pública, Quien La Presidirá, O Su Delegado; El Gobernador Del Departamento De Santander O Su Delegado; El Jefe Del Servicio Seccional De Salud O Su Delegado; El Decano De La División De Ciencias De La Salud De La Universidad Industrial De Santander, O El Suplente Que Designe El Rector De La Misma; El Director General Del Instituto Colombiano De Los Seguros Sociales O Su Delegado; Un Delegado Del Concejo Municipal De Bucaramanga Elegido Para Un Período De Dos (2) Años, Pudiendo Ser Reelegido Indefinidamente

Decreto 2186 de 1970 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Hospital "Ramón González Valencia", de Bucaramanga

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01

Text of the article

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°. La Junta Directiva estará integrada por seis (6) miembros, así: El Ministro de Salud Pública, quien la presidirá, o su delegado; El Gobernador del Departamento de Santander o su delegado; El Jefe del Servicio Seccional de Salud o su delegado; El Decano de la División de Ciencias de la Salud de la Universidad Industrial de Santander, o el suplente que designe el Rector de la misma; El Director General del Instituto Colombiano de los Seguros Sociales o su delegado; Un delegado del Concejo Municipal de Bucaramanga elegido para un período de dos (2) años, pudiendo ser reelegido indefinidamente.

Parágrafo

El Director del Hospital tendrá voz pero no voto en las deliberaciones de la Junta Directiva.

02

Constitutional history

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