JurídicoESEN

Article 4

Cuando Se Requiera Ampliar La Clasificación De Los Especialistas Del Primer Grupo, Será Necesario Hacer Llegar Al Ministerio De Guerra, Por Conducto Regular, La Propuesta Del Respectivo Comando, Acompañada De Una Exposición Que Acredite La Necesidad De La Clasificación De La Nueva Especialidad Y La Forma De Atender La Correspondiente Asignación

Decreto 1497 de 1958 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 094 de 1958, relacionado con la clasificación, denominaciones y asignaciones del personal civil de las Fuerzas Armadas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Cuando se requiera ampliar la clasificación de los especialistas del primer grupo, será necesario hacer llegar al Ministerio de Guerra, por conducto regular, la propuesta del respectivo Comando, acompañada de una exposición que acredite la necesidad de la clasificación de la nueva especialidad y la forma de atender la correspondiente asignación. CAPÍTULO II De la admisión del personal civil del Ramo de Guerra

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1497 de 1958