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Article 8

Ley 379 de 1997 · por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Estadístico, reconocida por el Ministerio de Educación Nacional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Toda entidad, sociedad industrial, comercial o de investigación dedicada parcial o totalmente al tratamiento de la información estadística deberá tener por lo menos un 90% de los estadísticos a su servicio de nacionalidad colombiana.

Parágrafo 1

En los casos en que la naturaleza del tratamiento de la información estadística exija en un comienzo un mayor porcentaje de profesionales en Estadística extranjeros, el cumplimiento de este artículo se regirá por la siguiente norma: La entidad nacional o extranjera contratante dispondrá de un año contado a partir de la iniciación de trabajos en el país, para dar la capacitación en el respectivo proceso, a los Estadísticos colombianos necesarios y suficientes para reemplazar a los Estadísticos extranjeros contratados, hasta completar el 90% de que trata el artículo anterior.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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