Las Comisiones de Personal tendrán las siguientes funciones:
Estudiar y decidir la aplicación de la sanción de destitución en casos de faltas graves;
Conocer sobre las reclamaciones que presenten los funcionarios de Seguridad Social, respecto de la evaluación del desempeño;
Conocer sobre las reclamaciones que se susciten con relación a promoción o ascenso de personal;
Las demás funciones que les asignen la ley o el reglamento.
Todas las decisiones se adoptarán por mayoría de los miembros asistentes. En caso de no existir acuerdo mayoritario, el asunto se remitirá a la Dirección General o a la Gerencia Seccional según el caso, para que se adopte la decisión final.